miércoles, 27 de enero de 2010

"Desde el Alcalde, pasando por Juan Doblas, los Concejales afectados y el Gerente, se pueden estar metiendo en un lodazal del que no sepan cómo salir"

Lucrezia Borgia: "Si alguien se atreve a meter mano a esto y a tirar del ovillo, es posible que al final a más de uno le pueda doler la cabeza"

He recibido esta carta que por su interés jurídico paso a colocar en forma de post:

"Estimado sr. Juan Carlos:

He seguido con sumo interés la diatriba que está propiciando el debate acerca de la personalidad jurídica y de la situación legal de la Fundación de las Canteras de nuestro pueblo, con motivo de ese Informe que se ha encargado a la AFA.
Me gustaría aportar mi particular visión a este debate, si me lo permite.
1.- Por un lado están aquellos que defienden la personalidad de ente público de la Fundación. Esta cuestión, debo de decir que es bastante discutible, pues son Fundaciones Públicas a nivel Estatal (según el artículo 44 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones) aquellas en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a. Que se constituyan con una aportación mayoritaria, directa o indirecta, de la Administración General del Estado, sus organismos públicos o demás entidades del sector público estatal.
b. Que su patrimonio fundacional, con un carácter de permanencia, esté formado en más de un 50% por bienes o derechos aportados o cedidos por las referidas entidades.
2.- De otro lado hemos venido leyendo, una y otra vez, de forma reiterada la argumentación del actual Gerente de la Fundación (Sr. D. Luis Bravo), quien con un lenguaje poco apropiado por parte de quien ostenta un cargo tan representativo defiende a ultranza del carácter privado de la Fundación.

Sólo recordar tres cuestiones:
1. De ser una entidad privada habría que aplicarle (además de la normativa propia de Fundaciones, es decir Ley 50/2002 y la propia de Andalucía Ley 10/2005) derivado de su carácter privado toda la normativa civil y mercantil general en aquello que no estuviese recogido por la propia Ley de Fundaciones.
2. En este sentido el Gerente olvida (volviendo al asunto del informe que es el origen del caso) tres cuestiones fundamentales en cuanto a la normativa privada (si esta le fuese de aplicación al hecho que nos ocupa):
- “Los administradores (Patronos, Presidente, Gerente, …) deben de desempeñar su cargo con la diligencia de un ordenado empresario y de un representante leal” (art. 127 de la Ley de Sociedades Anónimas). Por tanto, olvidan estos administradores, en este caso, que aquí hay una clara situación de “conflicto de intereses” por parte de la persona que autocontrata (Patronos afectados-AFA), prohibido por toda la normativa mercantil vigente, ya que éste haría prevalecer el interés propio sobre el interés de la persona por cuya cuenta contrata (Fundación/pueblo de Alhaurín).
- la prohibición de autocontratación se encuentra, con carácter general, en el artículo 1459 del Código Civil que establece que no podrán adquirir ni por sí ni por persona intermedia “los mandatarios, los bienes de cuya administración… estuviesen encargados”. Por tanto si AFA es Patrono (de forma directa o indirecta,léase persona intermedia o interpuesta) de la Fundación, está incurriendo en un hecho prohibido por la Ley.
- A mayor abundancia, con carácter más general, el artículo 67 de la Ley de Sociedades Limitadas indica que “el establecimiento o la modificación de cualquier clase de relaciones de prestación de servicios o de obra entre la sociedad y uno o varios de sus administradores requerirán acuerdo de la Junta General”. ¿Ha existido algún tipo de acuerdo para propiciar y aprobar tal auto-contratación? y, en su caso... ¿existe acta que certifique esa junta?
Por tanto, ya sea aplicándole el aspecto público (derecho público) o privado (derecho propio de la entidad y el civil/mercantil con carácter general) a la Fundación, lo que es evidente es la posible falta de escrupulosidad legal a la hora de hacer efectiva la gestión diaria de la misma, pues como ha quedado sobradamente publicado por parte del actual Gerente, no hay más sometimiento –en esta gestión- que a las leyes que le dicta su conciencia. Error craso, ya que este tipo de entidades deben de ser infinitamente escrupulosas en su gestión y en la aplicación de la norma sobre las mismas. De no ser así, se le podría aplicar la “acción de responsabilidad por daño” (a los actuales administradores –es decir, a los Patronos-) prevista en el artículo 133 de la Ley de Sociedades Anónimas: “Los administradores responderán frente a la sociedad (Fundación), frente a los accionistas (parte de ellos es el pueblo de Alhaurín) y frente a los acreedores sociales del daño que causen por actos u omisiones contrarios a la ley o a los estatutos o por los realizados incumpliendo los deberes inherentes al desempeño del cargo”.
Así que tengamos ciudado porque desde el Alcalde, pasando por Juan Doblas, los Concejales afectados y el propio Gerente, se podrían estar metiendo en un lodazal del que no sepan cómo salir. Es posible que si alguien se atreve a meter mano a esto y a tirar del ovillo, al final a más de uno le pudiera doler la cabeza".
LUCREZIA BORGIA

22 comentarios:

Anónimo dijo...

¿ para que pagamos a tantos jueces y fiscales ?

Anónimo dijo...

Todos estos escritos sobre la fundación, el informe y demás es muy interesante, pero... ¿Y QUÉ?
Se han comunicado en este medio (los demás "medios" callan) muchísimas presuntas ilegalidades y otras muchas alegalidades e inmoralidades, pero la verdad es que no ha pasado nada, no está pasando nada y no pasará nada. Dentro de un año y medio segurán mandando los mismos y segurán haciendo de las suñas con el beneplácito de todos.

Anónimo dijo...

Que cara nas dura tienen estos peperos, y los de la puerta del ayuntamiento que morros.

Anónimo dijo...

Jueeeer. he estado siguiendo un poco el desarrollo del tema de la fundacion, el informe, el gerente y la madre que nos parió, y depués de haber pensado una cosa, ahora creo que los de Eres se han metio en un enbolao bueno...
Menudo inicio para los Eres como al final no lleven razón, con la pata metia hasta el pellejillo

Anónimo dijo...

¿por qué no contestara el lacayo?... ¿le habran puesto el bozal y evitar así meter mas la pata?... que calores tienen que estar pasando con la que esta cayendo

Anónimo dijo...

Frío, frío

Juan Carlos Sanz de Ayala dijo...

Anónimo de las 23:33
Con actitudes negativistas como la tuya nunca se hubiera avanzado nada en ningún orden de la vida. Puede que tengas razón y que existen grandes posibilidades de que nada cambie y si lo hace lo haga con los mismos a peor. Pero también cabe la posibilidad, si tú también colaboras y empujas, de que las cosas cambien y se cambien a las personas que no las hacen bien.
Empuja, majo, empuja. Es como un parto múltiple en el que se suman pequeños esfuerzos para llevar adelante el tema. Los esfuerzos en contra son muy fuertes...

Juan Carlos Sanz de Ayala dijo...

Anónimo de las 00:11
Parafraseando al Gerente, los de ERES alk menos han tenido "los cojones" de preguntar al alcalde ante unos hechos que les han parecido al menos extraños. Ya han hecho más que muchos. Y que yo haya visto no acusan, sólo preguntan y a la autoridad competente, el alcalde. Pero el alcalde, con lo populista que es, no contesta nunca. ¿Habéis visto alguna vez un escrito firmado por el alcalde?. Yo no. Para eso tien como algunos dicen, sus "lacayos" y escuderos. Para eso les pagan.

Anónimo dijo...

Que zuuuuuuuuuusto, que zuuuuuuuuuusto! Ya esta el lucrezia-galan intentando amedrentar y meter el miedo en el cuerpo al personal... Se te ve a la legua, compañero!

Anónimo dijo...

Buenos dias Juan Carlos, ¿vas a escribir algo sobre la sentencia del juicio que tuviste ayer?.

Juan Carlos Sanz de Ayala dijo...

Anónimo de las 08:33
¿Por qué no vas a la otra parte contratante de la primera parte y se lo preguntas?. Osease, mírate al espejo y repóndete. Bobo.

Anónimo dijo...

lA CLASE DE eres, TAMBIEN SE DEMUESTRA AL NO CONTESTAR NI HACER CASO A LAS AMENAZAS DE BRAVO... AL QUE POR CIERTO NADIE LE DIRIJE ESCRITOS NI CONTESTACIONES DESDE eres.. LO HABEIS NOTADO?
BIEN POR MANCEBO, Y LOS DEMAS

Nicolas Makiavelo, conocia a los Borgia dijo...

A LUCRECIA BORGIA

Muy interesante su artículo Sr/Sra. Borgia, se aprecia que sabe usted del asunto y efectivamente demuestra que la fundación es privada y no pública y por tanto los de ERES no tenían porqué pedir los papeles con esas exigencias y esas formas amenazando con plazos. Les puede caer un paquete como al gerente le de la gana y lleve a cabo sus anuncios de llevarlos al banquillo y mas con un buro fax por medio.

Anda, que como encima, por ejemplo, mañana mismo le de al gerente por presentar los papeles en el ayuntamiento, hacerlos públicos y se vea que no hay nada punible. Que hay contrato, que hay autorizacion, que hay factura, que esté justificado porque efectivamente existe ese trabajo sobre restauración que el gerente dice que se está realizando y encima, que el citado informe a AFA haya costado, por ejemplo, 1.000 o 1.500 euros, una miseria para lo que las empresas suelen pagar por informes a consultorias externas, 10 o 15 euros por cada una de las cien empresas de AFA, o sea de autocontratacion na de na, muchos se van a quedar con el culo al aire, empezando por Juan Carlos que lleva un par de semanas dale que te pego con este asunto.

Los de ERES deberian de recapacitar y para proximas veces, no dejarse guiar por quién no deben y no tirarse a la piscina sin comprobar si antes hay agua.

Los demás no han querido "mojarse" será porque han visto que el asunto era claro, trasparente, cristalino e inodoro como el agua, pero en estado gaseoso o sea, la piscina vacía y no era cuestión de darse una torta.

Va a resultar que el gerente no es tan malo e hijop... como lo están poniendo y hace las cosas como debe, con honradez.

Encantado de leerle Sr/Sra Borgia.

Anónimo dijo...

Muy bien escrito y disertado D.Luis Makiavelo. No te bajas de la burra ni a gorrazos. ¡Que duro eres!. ¿Se han metido los de ERES contigo?. Parece ser que para ellos eres un cero a la "derecha", da igual el orden.

Anónimo dijo...

yo seré muy tonto, pero leyendo el escrito que tiene publicando aqi juancarlos sanz de ayala, dueño del blog, al que le respeto por el buen blog, no consigo encontrar por ningun lado al señor luis bravo, yo entiendo que que dice que si hay sospechoso en el informen, lo podran en manos de la justicia, si no hay nada malo no hay de que preocuparse.......

le pasa al bravo como a el que ve la poli de lejos y se asusta.... es porque tiene de que asustarse... eso da a entender el hombre de barba canosa

Anónimo dijo...

No, el makiavelo es el Manoliiiito
Ge. te he cojido el punto, Manolillo.

Nikolas Makiavelo dijo...

Amigo anónimo de las 13 y pico

Los ceros a la derecha son positivos, las empresas con muchos "ceros a la derecha" son las que tienen mucho capital, potentes y fuertes, las importantes.

Te voy a contar como yo veo el asunto.

Si yo fuera el gerente (que no lo soy) me habria cabreado muchisimo ese intento de llevar el caso a la fiscalía sin motivo ni razón, no porque tuviera algo que temer, (seguro que iba directo al archivo) sino por consecuencias de imagen.

Asi veo yo el asunto desde la perspectiva de mi época de Makiavelo (siglo XVI)

Aunque entonces no había poker, esto es como una partida de poker de ahora, hay que estar calladitos y analizando quien va de farol, pero sabiendo las cartas que tienes. Os ha ido dejando durante muchos días que todos los jugadores vayan calentando la mesa durante sucesivos envites, el croupier Juan Carlos dando cartas y él con el as boca abajo, calladito y cara de poker.

Muchos se han retirado hasta que llega el último, ERES, cree que va de farol y mete el resto. El gerente levanta el as y punto final, gana. Tan sencillo como eso. Ha estado durante dias enseñando cartas y ERES pensando en que iba de farol, pues no, tenía un as boca abajo.

Yo, como en mi epoca del siglo XVI no se jugaba al poker, pues no se jugar bien a ese juego, y como además no soy el gerente, pues tampoco se que va a hacer ahora, si recoger la mesa e irse al juzgado, o daros vidilla para proximos envites.

Gran dilema. Si mañana llevara los papeles al ayuntamiento, seguro que el fin de semana nos enteramos todos.

Un saludo amigo anonimo de las 13 y pico y por cierto ¿Quién coño ERES? no te identifico.

Nikolas Makiavelo

Juan Carlos Sanz de Ayala dijo...

Mu chuli la historieta, anónimo Makiavelo.
Pero falla en una cosa sustancial: el Gerente, como le llamas tú a mi amigo Luía Bravo, no ha levantado el As todavía. Habrá que esperar a ver si lleva algo. Por de pronto, ERES no le ha preguntado a Él, sino al Presidente de la Fundación y a la vez Alcalde (perdón por las mayúsculas) del este pueblo, Joaquín Villanova Rueda. Y éste, así como la Vicepresidenta y demás Patronos están todos calladitos.
Veamos lo que contesta ¿contestará? el alcalde a las preguntas de ERES. Hay que esperar carta.
El crupier según tu, amén.

Makillao y bello dijo...

Había una vez, un pueblo que construyó una "casa grande" en la que instalaron a unos señores para que administraran la ciudad. Estos señores adquirieron un gran poder y hacían y deshacían como querían en muchas ocasiones dándoles la espalda a su pueblo y atendiendo solo a sus intereses personales y ansias de poder. El pueblo tímidamente se les iba revelando y ante el miedo a perder el poder decidieron construir un fortín y así evitar que nadie pudiera deshauciarlos de tan cómoda casa grande. Para fortificar la casa necesitaban materiales de construcción, para ello contaron con constructores y empresas comercializadoras de áridos que prestas fueron a ayudar.
Un buen día el fortín estaba terminado y el poder de estos señores estaba blindado, pasó a llamarse "Villa Goliat". Eran felices, hasta que apareció un grupo de ciudadanos, "David", que sin mas poder que su fé, les lanzaron un ataque directamente a los cimientos de "Villa Goliat". ¡Sapos y querellas! vociferaban ¿como se atreven estos mindundis a atacarnos? mientras el suelo temblaba a sus pies....... continuará.

Anónimo dijo...

Los argumentos de Lucrezia Borgia se parecen como una gota de agua a otra, a los argumentos de la Fundación, insistiendo en lo privado como opuesto a lo público. Me parece oportuno dar otro punto de vista más. Paso a analizar el escrito publicado el 27/01/10 en alhaurín.com, en forma de "Respuesta a la petición intimidatoria de documentación a la Fundación por parte de ERES". Por claridad expositiva escribiré lo que dice la Fundación, y justo debajo mi opinión, de modo que teniendo a un tiempo, los dos textos delante, puedan cotejarlos y se formen así su propio criterio.

ARGUMENTOS FUNDACIÓN vs ERES

1º.- Esta Fundación tiene carácter privado por sus aportaciones económicas pero dentro del sector público, al ser la mayoría de sus patronos (seis de diez) elegidos por el ayuntamiento. En Pleno celebrado el 7 de febrero de 2007 fue aprobada la participación del Ayuntamiento con un 25% de los fondos anuales, sus Estatutos y la elección de sus miembros por mayoría absoluta. Diversos informes elaborados por los servicios jurídicos, de secretaria e Intervención municipales justifican que esta fundación es Privada, aunque con participación del ayuntamiento y que por su carácter no está sujeta a fiscalización y control interno con arreglo a la ley 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas locales, (art. 213), ni tampoco está sometida a la contabilidad pública en los términos establecidos por dicha ley. (art. 200).

OTRA APORTACIÓN AL DEBATE

De acuerdo. La Fundación por tener mayoría de patronos elegidos por el ayuntamiento es una fundación del sector público andaluz en virtud del art. 55 2. de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Ciertamente los informes de los servicios jurídicos, de secretaría e intervención pueden justificar que la Fundación sea una entidad instrumental de la administración con personalidad jurídica privada según dispone el art. 52, apartados 1.b.2. y 3, de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. Además, no estaría sujeta a fiscalización y control interno con arreglo a la ley 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas locales, (art. 213), ni tampoco estaría sometida a la contabilidad pública en los términos establecidos por dicha ley (art. 200).

Sin embargo, sería descabellado suponer que una entidad instrumental de la administración perteneciente al sector público andaluz pudiera quedar fuera del control del Estado de Derecho. Las fundaciones son una institución de larga tradición y hay abundante legislación y jurisprudencia sobre las mismas, encaminadas fundamentalmente a que no se aparten de sus fines, preservar el derecho de los posibles beneficiarios anónimos a recibir efectivamente todos los beneficios que puedan generarse, con especial cuidado en controlar a benefactores, sobrinos de los benefactores y a beneficiarios, patronos y gerentes; preservar los fondos y que su actividad se ajuste a derecho. Esto es así desde el siglo XIX.

Anónimo dijo...

Por lo tanto, la personalidad jurídica privada de las fundaciones públicas andaluzas no las excluye del control público, sino que legalmente se exige ese control público por medio de normas explícitas, de las que solo citaremos dos, a título de ejemplo.

La primera es el art. 57. 3. de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la que todas las fundaciones públicas andaluzas están sujetas a la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, Ley 5/1983, de 19 de julio. El artículo 6 bis, de la Ley 5/1983, de 19 de julio, dice entre otras cosas que:

“1. a) Quedarán sometidos al control financiero previsto en el artículo 85 de esta Ley y deberán obtener autorización de la Consejería de Economía y Hacienda para la apertura de cualquier clase de cuenta en una entidad de crédito y ahorro.

1. b) Si percibieran subvenciones corrientes, elaborarán un presupuesto de explotación. Asimismo formarán un presupuesto de capital si la subvención fuera de esa clase.”

La segunda norma que vamos a citar como ejemplo de normas a las que debe someterse la Fundación de las Canteras, es el artículo 78, de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía:

“Art. 78.- Concepto y régimen jurídico.

1. El concepto y régimen jurídico de las fundaciones del sector público andaluz será el previsto en la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. El personal al servicio de las fundaciones del sector público andaluz se rige por el Derecho Laboral y su selección deberá realizarse con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria.”

Desconozco si las cuentas de la Fundación abiertas en entidades de crédito y ahorros disponen de la autorización de la Consejería de Economía y Hacienda, o si la selección del personal laboral que trabaja en la Fundación se ha realizado con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad de la correspondiente convocatoria, pero eso es lo que parece que demanda la ley.

Por último señalar que aunque la Fundación no está sujeta a fiscalización y control interno con arreglo a la ley 2/2004, Ley Reguladora de las Haciendas locales, (art. 213), ni tampoco está sometida a la contabilidad pública en los términos establecidos por dicha ley (art. 200), sí está sujeta al control interno de la Intervención de la Junta de Andalucía, aunque ese control se ejerza, entre otros, por procedimientos de auditoría; y a la contabilidad pública en los términos exigidos por Ley 5/1983, de 19 de julio, Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía y el decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sin ser esta enumeración exhaustiva.

La Fundación tiene obligaciones públicas presupuestarias, contables, financieras, de control interno, de plazos para presentar documentación económica en el Registro de las Fundaciones Andaluzas, de subvenciones y de contratación, tanto de obras y servicios, como del personal laboral que haya de trabajar en la Fundación, así como comunicar y solicitar permiso al Protectorado para determinados actos.

Anónimo dijo...

Lui Bravo,ha sido tu el que ha amenazado y acusado a los de Electores de coaccionarte y amenazarte..te se deberia caer el pelo....