"La Fundación incurriría presuntamente en autocontratación con estos 4 Patronos, si al haber contratado el Informe fantasma no se siguiera el procedimiento legal vigente"
Un comunicante nos ha enviado la reglamentación sobre la que se basaría la supuesta ilegalidad del "Informe Fantasma de la AFA" y la posible autocontratación fuera de Ley del mismo. Razona que la Fundación es PUBLICA en base no a la composición de su CAPITAL (75% privado y 25% público) sino a la composición PUBLICA de sus VOTOS (60% público y 40% privado). Y nos pone al tanto de los condicionamiento que en Andalucía deben darse para no incurrir, podría ser el caso, en un autocontratación ilegal:
Anónimo dijo...
Mío, dijo el gato a las morcillas
Deben cumplirse los apartados 1 a), 1 b) y 1 c) y 3. 2 b) y 3. 2 c) del artículo 35 del Decreto 32/2008, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para que la Fundación pudiera ser autorizada a comprarle el Informe a AFA. En cualquier caso es la autorización del Protectorado la que destruye cualquier presunción de autocontratación o incompatibilidad, en atención a la solicitud y la documentación presentada por la Fundación.Algunas de las personas que ostentan el voto delegado de las sociedades privadas en la Fundación ocupan cargos directivos tanto de AFA Andalucía, como de AFA Málaga. No parece descabellado pensar que resulta preceptiva la necesaria autorización del Protectorado.Cualquier partido político, sea serio o alegre, asociación o vecino particular, puede dirigirse al Protectorado de la Consejería de Cultura e informarse para poner en conocimiento del Protectorado, en su caso, la presunta irregularidad.
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Página web: http://www.juntadeandalucia.es/cultura
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7 comentarios:
Ý parecían tontos los cobardes anónimos insultadores sin argumentos.
Ahí, calladitos, sin levantar la voz, dando enlaces de internet y leyendo los decretos para general información.
Lo dicho, el Sr. gerente, se está apretando el nudo el solito.
A ver como se defiende ahora. Y cuidado con lo que dice, porque el patio se està revolucionando y parece ser que ya no le dejan pasar ni una, y a cada tontería que dice le salen cobardes anónimos con todos estos datos.
Gracias, gracias, gracias.¡Dios existe! y no es Luis Bravo.
Soy una estudiante de periodismo. Me gusta el experimento digital suyo. A mis compañeros y compañeras les gusta. Desde Sevilla un besazo.
Oh, San Luis de la Harina,
puedes ahora escribirnos una de tus batallitas, la bibiblia en pasta, pero tan pillao, pajaro.
¿ Como puede un pueblo tener este tipo de gentuza, cobrando de los ciudadanos ? ¿ tienen verguenza quien los nombran y mantienen ?
Podría el autor de este post ponerse en contacto con el director del Blog Juan Carlos Sanz a través del correo nomecallo@yahoo.es ?
Sería muy interesante para ambos.
Gracias
El autor del post tiene toda la razón de cuanto ha dicho, la fundación es pública, así se determina que son públicas aquellas entidades en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias: estar mayoritariamente financiado con fondos públicos, controlado por alguna administración pública, o que el órgano de dirección esté compuesto por miembros nombrados en mas de la mitad por una Administración Pública, esto último es de aplicación a la Fundación de las Canteras, por la composición de la misma, y por ser pública, ha de regirse por las normas de Derecho Administrativo, es decir, está sujeta a las normas de Derecho Público, en cuanto a la formación de los actos de declaración de voluntad de la misma, así como para la confección de contratos que han de regirse por lo regulado en la Ley de Contratos Administrativos, e igualmente en la selección de personal que ha de regirse por los principios de igualdad, mérito, capacidad, y publicidad, de igual forma es de aplicación la Contabilidad Pública, y la fiscalización de todas las cuentas de la Fundación, y remisión de las mismas al Tribunal de Cuentas, y la actividad administrativa de fomento que se plasma en incentivos económicos y subvenciones ha de regirse por un convocatoria de libre concurrencia como recoge la Ley de Subvenciones y otras normativas de aplicación, y la tramitación de expedientes estar sujeta al procedimiento administrativo regulado en la Ley 30/92.
En este punto, y teniendo en cuenta que el máximo responsable de la actividad de la Fundación, es el Presidente de la misma y Alcalde del Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, que nombra a mas de la mitad de los miembros del Patronato, hay que plantearse lo siguiente:
¿Como se ha contratado al personal que presta servicios en la fundación de las canteras?, ¿Ha existido proceso selectivo con publicidad, mérito, capacidad e igualdad?, ¿Como se han perfeccionado los contratos de suministro, obras, servicios, alquileres, etc... que ha tenido la Fundación desde su constitución?, ¿Se han licitado y publicitado conforme a la Ley de Contratos Administrativos?, ¿Se está aplicando los criterios de Contabilidad Pública a las cuentas de la Fundación?, ¿Se ha realizado una convocatoria de subvenciones en libre concurrencia y cumpliendo los demás requisitos que exige la Ley de Subvenciones y demás normas de aplicación?, ¿Que criterios y valoraciones regían la misma para que la mayoría de las entidades recibieran la misma cantidad?, ¿Y los que se aplicaron para la concesión de incentivos económicos en la llamada ruta de la tapa?, ¿Y la compra de bolsas de pan y demás fruslerías?, ¿Se abstuvieron los Patronos afectados mediante el procedimiento regulado en la Ley 30/92 para la abstención y recusación en la contratación del famoso informe?, ¿Y en la contratación de otros servicios?, ¿Existe un Inventario de todos los elementos patrimoniales custodiado por el Secretario de la Fundación, al igual que debe existir un Inventario Municipal del que es responsable el Secretario Municipal?, al ser una Fundación Publica, en la que mas de la mitad de los cargos son nombrados por el Ayuntamiento de Alhaurín de la Torre, ¿La designación de los patronos nombrados desde el Ayuntamiento ha de ser proporcional a la composición por grupos del consistorio municipal, garantizando la presencia de todos los grupos políticos desde su constitución?, y así se puede seguir preguntando mucho mas hasta agotarse, y llegar a la que puede dar mas de un dolor de cabeza a los regidores de la fundación, ¿Que tipo de responsabilidades se derivan de las actuaciones llevadas a cabo hasta ahora si no se han observado las normas de Derecho Público que deben regir la actividad de la Fundación?, y ¿Las entidades y colectivos que han percibido cantidades de la Fundación, tienen algún tipo de responsabilidad?, etc...
Los grupos políticos de la oposición (PSOE, IU, UPD, y ERES) deben velar por que se cumpla la legalidad, fiscalizar la actividad pública, y poner todo en conocimiento de la justicia.
¿Han visto Uds. en alhaurin.com el artículo de 18 de Enero de 2010, firmado por la oficina de prensa del ayuntamiento sobre la propuesta de reprobación contra el Sr. Alcalde por PSOE e IU?
¡Cuánto perdió la oficina de prensa con la marcha de Luis Bravo!
Pero van siguiendo la misma línea. El cambio de la jefatura no ha traído ideas nuevas.
Siguen en la misma línea de justificarlo todo a su conveniencia. Y ni siquiera van a remolque de las últimas declaraciones-pataletas de su divino jefe el Sr. Alcalde.
Y en su afán de defender y aclarar, no se si se meten en un lio.
En uno de los puntos, aclara, que la sede de la Asociación de Vecinos Retamar-Capellanía (nombre que al parecer últimamente se está olvidando Retamar-Capellanía), es de propiedad municipal. Entonces si es de propiedad municipal, ¿cómo es que al parecer esa sede cuenta con dos empleados que paga la Asociación de Vecinos?
Si una Asociación de Vecinos es un ente sin ánimo de lucro ¿de donde sacan para pagarles a esos supuestos dos empleados y qué clase de contrato tienen y a que bases de contratación están sujetos?
Si reciben una subvención para esos gastos por parte del ayuntamiento o de la Fundación social y medioambiental de las Canteras ¿están subvencionadas las demás asociaciones de vecinos de la misma forma?
¿Son esas presuntas dos plazas, parte del plan de creación de empleo del Sr.Bravo?
Y hablando de D. Luis Bravo, el que todo lo contesta ¿Dónde está? ¿Se ha ido de vacaciones? ¿Sus innumerables compromisos no le permiten ya contestar a esos anónimos cobardes que les están corrigiendo la plana?
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